viernes, 22 de julio de 2011

Pilares del Humanismo Politico III: Subsidiariedad

          La subsidiariedad es el fundamento de la autodeterminación de las comunidades menores y de la descentralización del poder social.
 
          Exige la subsidiariedad una sociedad abierta, una sociedad libre, una sociedad plural y autogestionaria.

         La subsidiariedad es complementariedad y ayuda escalonada de una comunidad superior a los individuos y comunidades menores; por una parte, la comunidad debe ayudar más ahí donde hay mas necesidad y por la otra, no debe suplantar o sustituir a la libre iniciativa de los particulares o de grupos, sino garantizar su funcionamiento. La ayuda debe prestarse cuando sea necesario, en la medida de lo necesario, durante el tiempo necesario, en donde sea necesaria y a quien la necesite.
 
         La autoridad no debe anular, absorber, impedir, usurpar o confiscar para luego consesionar; tampoco sustituir a los diferentes sujetos y grupos sociales en todo aquello que por derecho, iniciativa o capacidad puedan hacer por sí y para sí mismos, participando solidariamente en comunidad con otros. La no intromisión no significa ausencia.

           No podrá realizarse el bien común de la sociedad si no existe un orden. El principio de subsidiariedad indica no solamente la prioridad en los derechos, sino también de las responsabilidades y las libertades en la vida social. Es así que podemos expresarlo de esta manera: debe existir tanta libertad como sea posible y también, tanta autoridad como sea necesaria.

         La vertebración social se logra si el tejido social es lo suficientemente fuerte para sostener los espacios de derechos y obligaciones frente al Estado, el mercado, los medios de comunicación o cualquier entidad intermedia.
 
          El principio de subsidiariedad es la norma que declara la medida del ejercicio de la solidaridad. No es la solidaridad sino la regla de su ejercicio. Por solidaridad cada individuo, cada grupo, ha de hacer su propio cometido en función del Bien Común y sólo ha de entrar en suplencia la sociedad, cuando el individuo no haga lo suyo. La Subsidiariedad reclama que, en las obligaciones, responsabilidades y beneficios del Bien Común, nadie puede ser sustituido o reemplazado arbitrariamente por otro. En su caso, la autoridad debe justificar su intervención.
 
          La triple misión subsidiaria del Estado implica: Crear las condiciones necesarias para que las comunidades más pequeñas puedan desarrollar actividades autorresponsables, autogestionarias y creativas. Fijar legalmente los derechos y deberes de las comunidades menores y de los individuos, frente a las mayores. Y, proteger y apoyar -complementándolas- las tareas de las comunidades menores.

          La subsidiariedad exige que el poder sea descentralizado. Es por ello que debe existir responsabilidad escalonada de deberes y obligaciones. Ni atomizar al Estado ni estatizar a la sociedad. Debe existir tanta comunidad y nación como sea posible y todo el Estado que sea necesario. El Estado es rector, pero no dueño de los bienes, producto del esfuerzo común.
 
        Todo ser humano debe tener acceso a los medios para cumplir sus fines. El destino universal de los bienes permite que cada cual tome de dichos bienes sociales, tanto y solamente aquellos que le permitan cumplir sus fines personales. No se deben confundir fines con intereses pues éstos deben estar supeditados al bien común.

          La justicia distributiva no podrá darse sin la existencia del principio de subsidiariedad. Sin respeto a estas normas de ayuda, las personas y las sociedades intermedias se verán deterioradas.
 
          Es deber del Estado promover la participación de las personas, los grupos intermedios y de sí mismo, en la construcción del orden social y del bien común. La subsidiariedad indica la ordenación de las responsabilidades, de las competencias y de los derechos.

          Ante el orden dinámico del Bien Común, siempre perfectible, la subsidiariedad promueve la creatividad para generar bienes de toda índole, encaminados al perfeccionamiento de las personas; haciendo también de la política no solo el arte de lo posible sino también el arte de hacer posible lo necesario.
 
          No hay mejor fuente para la dinámica social que la capacidad de la iniciativa personal y comunitaria, apoyados, respetados y promovidos por el Estado.
 
         El orden internacional solo puede ser auténtico si es solidario y subsidiario.Esto significa que la comunidad internacional debe velar porque en cada país se cumpla los deberes y obligaciones para con los derechos humanos. Así mismo, la subsidiariedad es garantía de la legítima autonomía de las personas y comunidades intermedias ante sociedades mayores como el Estado y la comunidad internacional. El derecho de injerencia no podrá ser invocado, excepto cuando la comunidad no pueda resolver sus conflictos internos en función de sus fines y el bien común universal.
 
          Al Estado incumbe la tarea de establecer el marco ordenador para garantizar la igualdad de oportunidades. El Estado debe actuar subsidiariamente en sentido redistributivo, como “ayuda a la autoayuda”.
           La autoridad, en el ámbito social, debe ser la más responsable. Como partido político la responsabilidad es mayor, en la medida que se proponga, integre y ejerza la autoridad. La primacía de la política la convierte en primer deber, pero no agota los deberes de las personas.
 
          El llamado a la subsidiariedad es comunitario, pero la respuesta es personal. El dolor provocado a otros por la agregación de nuestras omisiones y cansancios forma parte del dolor evitable y nos hace corresponsables de los dolores del deterioro social.

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